La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) ha anunciado la publicación de la enmienda número 6 de la Normativa Aeronáutica (DAN) 151 en Chile. Esta enmienda establece importantes exigencias para aquellos interesados en obtener la credencial de piloto de drone en el país.
Dentro de la enmienda, se destaca un nuevo requisito contenido en el apéndice C. Según el documento, ahora se requerirá presentar una declaración jurada simple, firmada manualmente e incluyendo la huella digital de la persona que suscribe. Esta declaración deberá ser acompañada por una fotocopia de la cédula de identidad y enviada por correo electrónico, o bien firmada mediante Firma Electrónica Avanzada (FEA). Además, será necesario demostrar que se ha recibido instrucción teórica y práctica específica respecto al modelo de RPA (Remotely Piloted Aircraft, por sus siglas en inglés) que se pretende volar.
La DGAC subraya que dicha declaración debe ir respaldada por un certificado expedido por la institución que impartió la mencionada instrucción. Esta nueva medida busca garantizar que los pilotos de drones hayan completado un curso acreditado y adquirido los conocimientos necesarios para operar estas aeronaves de forma segura y responsable.
La inclusión de la institución que proporcionó la capacitación en el apéndice C también se presenta como un cambio significativo. Ahora será obligatorio especificar y registrar la entidad educativa o de formación en la que se llevó a cabo el curso de capacitación.
Se espera que esta enmienda fortalezca la regulación del espacio aéreo en Chile y fomente vuelos responsables y seguros de drones. Estas nuevas exigencias para obtener la credencial de piloto de drone refuerzan el compromiso de la DGAC con la seguridad y la profesionalización de la operación de estos dispositivos en el país.
La DGAC ha resaltado la importancia de estas medidas para garantizar la seguridad de las operaciones con drones y promover el desarrollo responsable de esta tecnología en el ámbito aeronáutico.
Aqui puedes leer la DAN 151 actualizada en Mayo del 2023
Nuevo apéndice C:
En chile no existen pilotos de drones, son operadores
Hola Rodrigo, se usa la palabra “piloto” porque así lo establece la DGAC. Si lees la DAN 151 capitulo D, se llama “CREDENCIAL DE PILOTO A DISTANCIA”, saludos.